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28/01/2010 / Barcelona

Ninguna ley impide que los crímenes del franquismo sean juzgados en España, subrayan los juristas Slepoy y Jiménez Villarejo

El abogado argentino Carlos Slepoy, uno de los impulsores de la demanda ante un tribunal de Buenos Aires por los crimenes de la dictadura franquista, y Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal Anticorrupción, coinciden en apuntar a la acción de la justicia internacional como vía válida para posibilitar la investigación de unos hechos que supusieron la desaparición forzosa de al menos 115.000 personas y el secuestro de unos 30.000 niños de madres partidarias de la República española. Son los datos que recoge la causa que impulsó el juez Baltasar Garzón, hoy apartado del cargo acusado de prevaricar por esta iniciativa paralizada por el Tribunal Supremo español. “El franquismo cometió un genocidio. Es un crimen de lesa humanidad que no se debe incluir en la Ley de Amnistía de 1977, planteada para los delitos de intencionalidad política” ha puntualizado Slepoy en el transcurso de una charla con Jiménez Villarejo sobre la justicia internacional y los crímenes del franquismo celebrada en Casa Amèrica Catalunya y moderada por el director general de la entidad, Antoni Traveria.

Para Slepoy, toda una autoridad en la materia, “en España no existe ninguna ley que impida juzgar a los crímenes del franquismo” por lo que la Ley de Amnistía de 1977, citada por el Tribunal Supremo para paralizar el asunto y encausar a Garzón, “de ninguna manera puede servir de excusa”. Slepoy, premio Joan Alsina de Derechos Humanos, sostiene que “es un verdadero mamarracho haber declarado incoptente a Garzón, que ha hecho la única interpretación posible de la ley”. El jurista acusa a los jueces del Tribunal Supremo de estar “prevaricando y encubriendo crímenes” y mantiene que “Garzón no es superman, pero se le ataca de forma permanente por sus virtudes y no por sus defectos”. El abogado argentino apela al caso Scillingo para afirmar que el Tribunal Supremo “contradice su propia doctrina” pues “acepta investigar en Argentina un delito de genocidio y no lo hace cuando el mismo delito se ha cometido en España”. Adolfo Scilingo fue condenado a más de 1.000 años de prisión por el alto tribunal español en 2007 como autor de una treintena de asesinatos tipificados como delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar argentina de 1976-1983. Según Carlos Jiménez Villarejo, la querella argentina por los crímenes del franquismo “da en el clavo y no tiene precedentes” en la persecución penal de unos hechos cuya magnitud el ex fiscal ha dibujado aportando datos de la propia dictadura. En 1940, eran 270.000 los presos políticos recluidos en cárceles españolas, donde, entre la finalización de la guerra civil en 1939 y 1944, murieron más de 192.000 de esos internos. “No ha existido ninguna investigación de la justicia española sobre los crímenes del franquismo porque implicaría a los autores y partícipes de los Consejos de Guerra” ha dicho el jurista, que ha recordado la amplitud de la represión institucional del régimen citando la acción del Tribunal de Orden Público. Este organismo, desde los años 60 hasta 1976, envió a la cárcel a más de 50.000 personas. Villarejo también ha subrayado que el gobierno de Franco ratificó en 1952 la Convención de Ginebra, que alude expresamente al derecho de los “pueblos civilizados”. “La dictadura sabía que existía un derecho internacional”, ha remarcado tras puntualizar que el régimen sí efectuó una única excepción a aquella Convención. Se trata de su artículo 99, que indica que no se podrá condenar a nadie sin que haya ejercido su derecho a la defensa.